La noche del 15 de febrero elementos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX) cumplimentaron una orden de aprehensión contra el actor Ricardo Crespo Green, por su presunta responsabilidad en el delito de violación en agravio a su hija.
¿Quién es Ricardo Crespo?
Su carrera ha pasado por varias etapas. De acuerdo a la información que se encuentra en la página Waal Group, Ricardo Crespo es actor, conductor, cantante y modelo con una trayectoria artística de más de 33 años.
En perteneció a la última generación del grupo Garibaldi, donde también desfilaron otros famosos, como Paty Manterola y Sergio Mayer. Además en la misma página explica que «se caracteriza por ser un actor versátil que llena la pantalla chica con su imagen».
Como actor, ha participado en series de la plataforma de streaming Netflix: Control Z, La Piloto 2 y El Dragón. Aunado a esto, más recientemente, canta en el proyecto Caballeros Cantan, en el cual participan Lisardo, Agustín Arana, Manuel Landeta y Chao.
¿Por qué fue detenido?
De acuerdo al periodista Carlos Jiménez, Crespo fue denunciado ante la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales desde el pasado mes de diciembre y es hasta este inicio de semana que se realizó su detención.
Otro comunicador que abonó a la polémica fue Gil Barrea, quien a través de su cuenta de Twitter también aseguró que Crespo fue detenido por autoridades capitalinas.
«Estoy en condiciones de confirmar que el actor Ricardo Crespo fue detenido por la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales», se lee en el tuit.
Recordemos que en el Capítulo I Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación del Código Penal Federal, se estipulan las siguientes sanciones: «comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula. A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de multa».
Recordemos también que “si se hiciera uso de violencia física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo. Además, de acuerdo al Artículo 261, existe la agravante de que la víctima es menor de edad.
«A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aún con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días de multa», refiere la ley.
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