La Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) declaró Constitucional la figura de las inspecciones policiales sin orden judicial o ministerial, prevista en el código que regula los procedimientos del nuevo sistema de justicia penal.
Este fallo significa que, desde ahora los policías podrán realizar una inspección a tu auto o a tu persona sin necesidad de una orden, y de resistirte podrán hacerlo de manera forzosa como parte del proceso de investigación de un delito.
La SCJN avala que los policías puedan detener a la ciudadanía de manera individual o en automóvil bajo sospechas de la comisión de algún delito. (Foto: Reuters)
A través de un comunicado, los magistrados informaron que cuando las autoridades reciban una denuncia y se encuentren investigando la comisión de un delito, es constitucional que realicen inspecciones sin ningún papel legal.
La resolución de la Corte establece que son constitucionales estas inspecciones sin que existe una orden escrita previa (…) siempre que exista sospecha razonable de que en ese mismo momento se está ante la comisión de un delito o cuando haya una suposición razonable de que el individuo oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos, objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito.
Policías se enfrentar a padres de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa, uno de los casos emblemáticos donde autoridades colaboraron con narcotraficantes para la desaparición forzada de los estudiantes normalistas. (Foto: Reuters)
En este sentido, el máximo tribunal desechó los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y protección de Datos (INAI), al modificar los artículos 251, 266 y 266 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en las cuales cuestionaba la legalidad de las revisiones de las autoridades a personas y vehículos sin orden judicial.
La iniciativa es autoría del ministro Jaime Láynez Potisek, quien señala que las inspecciones se pueden llevar a cabo de dos maneras: cuando el delito esté a la vista del policía y cuando en la inspecciones se revela que el individuos formó parte de un delito.
El Ministro Presidente, Luis María Aguilar, afirmó que las inspecciones son una medida proporcional, idónea y con un fin válido de proteger la seguridad pública y de los derechos de las víctimas de delitos.
Por su parte, activistas y académicos, como la politóloga Denisse Dresser calificaron de “pésima” las decisión de la SCJN.
Abre la puerta a más abusos cometidos por policías mal entrenados. Por fallos como este la Corte es percibida como errática; a veces vanguardista/garantista y a veces deja a los ciudadanos en la indefensión.
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