Este martes entró en vigor la nueva Ley de Aviación Civil en México que pretende dar protección a los usuarios ante las constantes quejas contra aerolíneas y sus abusos hacia los pasajeros que, en repetidas ocasiones, han sido denunciadas en redes sociales dichas situaciones.
Fue en el Congreso de la Unión donde se formularon nuevos derechos para los usuarios tras intensos debates con representantes de las aerolíneas mexicanas. Las modificaciones fueron publicadas el pasado lunes en el Diario Oficial de la Federación, y entraron en vigor desde el primer minuto de este martes 27 de junio.
No sólo las aerolíneas deben informar a sus pasajeros por medios electrónicos y en módulos de atención las causas de los retrasos, demoras y cancelación de vuelos, tanto naciones como internacionales.
Cultura Colectiva Noticias te presenta las modificaciones y adiciones que debes conocer de esta ley de aviación civil.
Trato digno a mayores de edad y discapacitados
Según las modificaciones al Artículo 47 Bis estipula que todos los pasajeros deberán obtener un servicio de calidad y eficiente, respetando con gran particularidad los derechos de personas con alguna discapacidad, los cuales tendrán que ser transportados para su abordaje, sin cargo o costo alguno, conforme a las medidas de seguridad operacionales de los aeropuertos y conforme a estándares internacionales.
Para los adultos mayores, sin pago de ninguna tarifa, podrá llevar a un menor de dos años a su cuidado sin derecho a asiento y sin derecho a equipaje. Las empresas de aviación ahora están obligadas a expedir un boleto para los infantes y pase de abordar sin costo, e incluso, se podrá ingresar con una carriola para el menor de edad en el avión.
Equipaje
Tanto en vuelos naciones como internacional, se puede viajar con un mínimo, y sin cargos adicionales, de 25 kilogramos de equipaje en aviones con capacidad de 25 pasajeros o más, mientras que en aeronaves de menor capacidad el máximo es de 15 kilogramos.
En cabina, de forma gratuita se puede ingresar con dos piezas de equipaje de mano con dimensiones de 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no puede exceder los 10 kilogramos.
Si el equipaje sufre averías, destrucción o pérdida éste será pagado en el 150 por ciento de su valor, mientras que el equipaje de mano que llegue a sufrir una destrucción o avería durante el viaje será indemnizado hasta el 80 por ciento de su valor.
En caso de viajar sin equipaje, la aerolínea tendrá que ofrecer una tarifa preferencial en beneficio del pasajero.
Aviso de cancelación, devolución de boletos e Indemnización
Todos los pasajeros tienen el derecho a un trato digno y por lo tanto, en cancelaciones de última hora o retrasos en los vuelos, los usuarios podrán obtener una indemnización de acuerdo al tiempo de la demora. En el área de abordaje y módulos de atención las aerolíneas deberán especificar los motivos de la demora e informar en todo momento a los usuarios lo que ocurre en relación a su próximo abordaje.
Los usuarios que deseen podrán solicitar la devolución de su boleto en caso de no querer efectuar su viaje, comunicando a la aerolínea con 24 horas de anticipación.
Si el retraso del vuelo es superior a dos hora pero menor a cuatro, la compensación no podrá ser menor al 7.5 por ciento del precio del boleto, podrán obtener descuentos para vuelos en fechas posteriores, y/o alimentos y bebidas, si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero será compensado con la reintegración de su boleto con una compensación mínima del 25 por ciento del precio de su boleto (si el usuario lo desea).
Los concesionarios deberán dar todas las facilidades como transporte sustituto en el primer vuelo disponible, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos, alimentos de conformidad con el tiempo de espera hasta que llegue el siguiente vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad en caso de pernoctar, y en esa última instancia, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
Trato digno y protección de animales
El artículo 50 de la nueva ley decreta que los animales domésticos que sean transportados en aeronaves deberán tener un trato en todo momento humanitario, ello significa buscar la disminución la tensión, sufrimiento, dolor y posible producción de traumatismos durante la movilización de las mascotas.
De esta manera, se busca evitar todo tipo de posibles incidentes contra mascotas que viajen con la correcta documentación en los aviones.
Multas a Aerolíneas por abusos y denuncias ante la PROFECO
El organismo que vigilará que estos nuevos estamentos sean seguidos al pie de la letra por las aerolíneas mexicanas y extranjeras será la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en coordinación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
En entrevista con Radio Fórmula, Rafael Ochoa Morales, Procurador Federal del Consumidor y Subprocurador Jurídico, detalló que se multó con 22.4 millones de pesos este martes a las empresas Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobus y JetBlue Airways por cobrar una maleta documentada en un vuelo de origen en México con destino a Canadá.
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