Por: Gerardo Sánchez Guadarrama
@gersguadarrama
Donald Trump se fue bloqueado por casi todas las plataformas digitales. La desinformación, la violencia y el discurso de odio que compartía desencadenaron una crisis social que motivó a las corporaciones a tomar esta decisión. Y aunque se cuestiona el rol de estas compañías que de pronto pudieran estar por encima de la autoridad encargada de sancionar este tipo de prácticas, hay que reconocer que las instituciones a veces tardan en actuar.
Esta coyuntura motiva a la reflexión sobre lo que representa el “pan de cada día” para la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI) y se trata del discurso de odio. La población diversa es víctima de la normalización de esta mala costumbre y la consecuencia de ser una sociedad permisiva con ello se traduce en complicaciones tóxicas como discriminación, dificultad para acceder a servicio de salud o espacios laborales y ni qué decir del homicidio de odio que también lo alimenta.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar; ha manifestado que la Corte cuenta con diversos fallos los cuales no consideran como libertad de expresión los insultos o ataques verbales en contra de cualquier persona por su orientación sexual y que este tipo de agresiones se clasifican jurídicamente como discurso de odio.
Y es que por primera vez en nuestro país se castigó el discurso de odio con el caso de la Regidora del Ayuntamiento de Chihuahua, Catalina Bustillo; que como respuesta a sus dichos nocivos que la servidora pública realizó en sus redes sociales en mayo del año pasado, el abogado Jonathan López de la Rosa, en conjunto con la organización Comunidad Cultural de Tijuana A.C. (COCUT); interpusieron una demanda de amparo indirecto y después de seis meses hubo un fallo a favor de la causa de los activistas LGBT+.
Debido a que la funcionaria violó derechos humanos al emitir discurso de odio contra la comunidad LGBTTTI, el Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales emitió una sentencia que le obliga a ofrecer una disculpa pública, a abandonar todo discurso de odio en todas su variantes y a realizar una lista de acciones para no volver a incurrir en el acto.
De hecho, debido a sus prejuicios contra de la diversidad, Bustillos ya había sido inhabilitada para postularse a cargos públicos por parte del Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua donde fue acusada -en otro proceso- de violencia de política hacia una persona de la comunidad.
Al margen de que cada medio de comunicación le apueste a vigilar el cumplimiento de sus códigos de ética o que cada plataforma virtual refuerce sus políticas de uso como un auténtico interés para evitar discursos de odio, suscribo la idea de que la vigilancia de la ley y la sanción del discurso de odio debe estar en manos de la autoridad encargada de la procuración e impartición de justicia y deben actuar lo más pronto posible para adaptarse a la inmediatez que las redes provocan en la conducta social.
Aunque nuestro país todavía está muy lejos para sancionar el discurso de odio, el caso de la Regidora de Chihuahua abre la puerta a la posibilidad de castigar por fin la promoción del aborrecimiento en contra de la comunidad de diversa e invita a replicar esta iniciativa en todo el país ya que el discurso de odio por LGBTfobia acabará cuando por fin se castigue.
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*Las columnas de opinión de Cultura Colectiva reflejan sólo el punto de vista del autor.