¿Te imaginas enterarte de que estás embarazada, ir a una clínica de salud pública a practicarte una interrupción legal del embarazo y que el médico te diga que no puede hacerla porque eso va en contra de sus convicciones éticas y morales?
Pues esto, entre otras prácticas médicas de debate, puede ser posible porque el pasado 10 de octubre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar el artículo 10 Bis a la Ley General de Salud para establecer que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud podrá ejercer la llamada objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de estos servicios.
Esto significa que si algún médico o enfermera considera que la práctica o procedimiento médico a aplicar va en contra de sus convicciones, puede negarse a prestar el servicio.
El dictamen fue avalado con 313 votos a favor, 26 abstenciones y 105 en contra.
*Foto: Pixabay.
Como se puede intuir, diputadas del PAN, como Teresa de Jesús Lizárraga, estuvieron a favor. Respecto al tema, la funcionaria dijo que «la objeción de conciencia se inscribe en la libertad de pensamiento, de conciencia y de creencia y atiende a principios de tolerancia, libertad ideológica y no discriminación».
«La redacción propuesta pone en riesgo la atención médica de millones de personas, pues abre la puerta a una medicina basada en valoraciones morales subjetivas», respondió la diputada Karina Sánchez Ruiz, de Nueva Alianza.
Entre que la clase política discute si es o no un asunto de criterios partidistas (religiosos o moralinos), la duda que ocupa a la tranquilidad de los usuarios del sistema de salud pública es ¿el acceso a la atención médica es cuestión de criterios de cualquier índole? ¿cuáles son los parámetros o expectativas que necesitan cubrir los pacientes para no ser víctimas de la vulneración del estado de derecho a la salud?
*Foto: Nuevolaredo.tv.
La actual adición ya contempla que el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral, sin embargo, la puesta en práctica queda en duda. También se advirtió que este ejercicio estará supeditado a no poner en riesgo la salud o vida del paciente, y a que no derive en la comisión de un delito.
Después de la votación, el dictamen se remitió al Senado de la República, donde se resolverán sus efectos constitucionales.
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